martes, 1 de junio de 2010

Ordenanzas municipales para la tenencia de animales domésticos

En la ciudad donde vivo, se están poniendo las cosas muy feas para con los propietarios de perros. En época de crisis, los Ayuntamientos deben recaudar y llenar sus arcas utilizando otras estrategias, y nos ha tocado a nosotros. Están a la caza de propietarios que lleven sus perros sueltos, y con aparatos para mirar si tienen chip homologado como lo manda la Ley

Me he estado mirando la Ordenanza Municipal para la tenencia de animales domésticos de donde resido, y hay algunos puntos en los que me es inevitable hacer comentarios algo sarcásticos (por no decir con mala leche). Aquí van:

  • El propietario "no hará ninguna práctica que les produzca sufrimiento o daños físicos o psicológicos".

Aquí digo yo que mi perra necesita olisquear y andar libremente para no tener daños psicológicos. Si sólo me limito a dar un paseíto sin darle la oportunidad de correr/jugar e interactuar con sus "colegas perrunos", tendré una perra estresada, frustrada y con problemas comportamentales.

  • Mantenerlos atados durante la mayor parte del día o limitarles de forma duradera el movimiento necesario para ellos.

Vuelvo a lo mismo. Pasear a mi perra atada, no me permite darle el movimiento necesario para ella, y lo estoy haciendo de forma duradera si la saco así a diario.

  • Los propietarios de animales están obligados a adoptar las medidas necesarias para que la tranquilidad de sus vecinos no se vea alterada por el comportamiento de sus animales.

Va a ser que vuelvo al punto uno. Tendré una perra estresada, con problemas comportamentales, y ello puede derivar en que moleste a los vecinos con sus ladridos.

  • De forma excepcional el ayto. mediante Decreto de Alcaldía podrá establecer espacios delimitados, tanto temporal como espacialmente, donde los perros puedan ir sueltos bajo el control y la presencia del propietario.

Entiendo en este punto que los pipicanes hoy pueden estar, y mañana no. Además, en las condiciones en las que se encuentran, no meto a mi perra ni loca. Por cierto, estoy obligada a mantener a mi perra en buenas condiciones higiénico-sanitarias, y por ello no puedo meterla en un foco de infección tan grande como un pipican. Además estos no hacen más de 4x5 metros. No cumpliré entonces el darle el movimiento necesario para ella, descrita en el punto 2.

  • El ayto. podrá establecer para los animales de compañía espacios reservados para la realización de sus necesidades fisiológicas en correctas condiciones de higiene.

Todavía está por ver. No he visto un sólo pipican en correctas condiciones de higiene en este municipio.

  • No está permitido alimentar de manera general a los animales (perros, gatos, gaviotas, palomas, etc.) en la vía pública, parques, solares u otros espacios similares [...].

¿Me multarán por entrenar con el clicker a mi perra en la calle? ¡Shit!


Desde luego que las cosas se están poniendo cada vez más feas para los propietarios de perros. Vamos a ser perseguidos como delincuentes sólo por intentar hacer un paseo agradable para y con nuestros perros...

Tenemos muchas obligaciones, pero ningún derecho ni espacios en condiciones para disfrutarlos.

Las siguientes fotos son de un espacio que tengo al ladito de casa, donde normalmente Lua pasea, juega al Frisbee... etc, etc. Un sitio enoooooorme de césped a lo largo del río hasta su desembocadura en el mar





Que alguien me diga... ¿no hay espacio aquí suficiente para todos?

Una pena.

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